Boca Juniors apeló el fallo que suspendió las elecciones: los puntos clave del descargo y cuándo podría votarse.

La dirigencia que comandan Ameal y Riquelme realizó una presentación intentando revocar la decisión que tomó la jueza días atrás.

ACTUALIDAD01 de diciembre de 2023Karukinka NoticiasKarukinka Noticias

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Al final, se acabó lo que se daba. Aunque hubo negociaciones hasta última hora de ayer, la inflexibilidad de ambas partes terminaron por llevar las elecciones de Boca a tal punto muerto que esta mañana, apenas el reloj llegaba a las 11, el club apeló con durísimos términos contra la jueza la medida cautelar que impuso el martes pasado. De esta forma no sólo no se vota este domingo sino que si todos se atienen a los plazos judiciales establecidos es casi imposible que el acto electoral se realice también el domingo 17, último día del año para llevarlo adelante.

El escrito ya en el primer párrafo es durísimo: le dicen a la magistrada que su resolución es un verdadero sin sentido y que vulnera todas las disposiciones legales vigentes. Y le pide que la revoque, algo que no va a suceder, que la eleve a la Cámara y además le avisa que como la considera parcial, va a presentar por cuerda separada un pedido de recusamiento para que la aparten del proceso. Sí, van con los tapones de punta.

A partir de ahí, la apelación del club empieza a enumerar lo que considera que la jueza hizo mal. Son siete puntos que le endilga a la magistrada Abrevaya y en cada uno de ellos termina diciendo que todo esta hecho a medida de lo que le pedía la oposición. Por un lado aseguran que se vulneró el derecho de defensa de Boca ya que se incorporaron tres declaraciones testimoniales que jamás le fueron trasladadas a la defensa de la institución para poder contestarlas. Entre ellas la de una ex empleada de nombre Julieta (NdR: karukinka se reserva el apellido por las características del caso) que es quién aseguró que se pasaron irregularmente más de 10.000 adherentes a activos en 2021 y que está en juicio laboral con el club ya que fue despedida a fines de ese año.

Por otro lado rechazan no haber colaborado con el perito que se llevó el padrón de socios. Según los letrados, se llevó en un pendrive un proceso incompleto y que no tenía orden judicial para hacer todo el requerimiento.

Pero la clave está en los famosos 13.364 socios impugnados: Boca vuelve a decir que el pase de adherentes a activos presuntamente irregular sólo conforma a 3786 socios y que la comisión directiva anterior hizo exactamente lo mismo en el mismo período en 2019 con 4100. Y le endilga a la jueza mala praxis porque no le permitió a Boca presentarse a explicar esto en el expediente antes de sacar su resolución que se indica también que se produjo a la 1.40 de la mañana, y aseguran que si ella marca como una irregularidad el pase de socios a las 22.30 más irregular es un fallo a esa hora.

También Boca agrega que han vulnerado el derecho de defensa de los socios observados que no pudieron dar sus explicaciones en el juzgado y le plantea a Abrevaya que es incompetente para intervenir porque ya había una causa previa en la Justicia Federal (Juzgado número 5 a cargo del doctor Marianello realizada en forma colectiva por varios socios). Y en el enumeramiento de todas las causales de apelación el club dice directamente que la jueza no hizo ninguno de los pasos procesales que ellos consideran lógicos porque tenía que sacar el fallo a pedido de la lista de Ibarra-Macri a como sea.

¿Qué puede pasar ahora? Primeramente la jueza no va a revocar su fallo. Porque además del escrito de apelación de Boca se desprenden muchas situaciones que deben exponerse en el fondo del asunto, cuando la jueza sólo dijo que suspendía las elecciones hasta analizar si los socios objetados eran o no irregulares. El primer paso entonces es que la magistrada le dé lugar a las contrapartes para que opinen. Los asesores letrados de la oposición tienen cinco días hábiles para hacerlo. Es decir, si se toman todo el tiempo posible llevan el asunto hasta el viernes próximo.

Ahí si la respuesta de la oposición es negativa, que por lo visto así será, la jueza debe mandar el escrito a Cámara para que resuelva. La Cámara también corre traslados y después resuelve en un trámite que generalmente es difícil que dure menos de tres días hábiles. Estaríamos ya entre miércoles 13 y viernes 15. Si en ese tiempo revoca la resolución de la jueza, podría votarse el domingo 17. Pero siempre y cuando todas las partes no se tomen todo el tiempo que les concede el Código procesal y respondan todos rápido. Ahora bien, si la Cámara convalida el criterio de la jueza y mantiene la cautelar, no se vota hasta que la magistrada dicte un fallo sobre el fondo del asunto, esto es, si los socios observados pueden o no votar. Y ese trámite ya sí implica plazos legales muchos más largos, con nuevas testimoniales y ofrecimientos de prueba que llevarían las elecciones de Boca recién bien entrado 2024.

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